Ordenación del Territorio

La Sierra Minera y su entorno se extiende desde Cartagena hasta Cabo de Palos, abarcando el conjunto del municipio de La Unión y la parte este del municipio de Cartagena, incluyendo las diputaciones de Alumbres, El Algar, El Beal y Rincón de San Ginés. La ordenación y el desarrollo de este territorio depende de los Planes de Ordenación municipales de los dos ayuntamientos, La Unión y Cartagena, y de los normas de ámbito regional, como las vigentes Directrices y Plan de Ordenación del Litoral de la Región de Murcia.

Desde la Fundación Sierra Minera, en colaboración con las asociaciones de la zona, participamos en los procesos de elaboración de estos planes fundamentales aportando alegaciones y propuestas a las administraciones públicas responsables. En esta sección puedes ver los principales escritos y actividades realizadas en este ámbito.


Alegaciones al Plan General de Ordenación de Cartagena

La Fundación Sierra Minera ha presentado alegaciones al PGMO de Cartagena reclamando una ordenación del territorio de la Sierra Minera basada en su patrimonio cultural y ambiental.

En su redacción actual, el Plan ignora la importancia de su patrimonio minero como paisaje cultural, su declaración como BIC en la categoría de sitio histórico, y su inclusión en la lista indicativa para Patrimonio de la Humanidad, así como los proyectos de puesta en valor de este patrimonio que están en marcha, y convierte en urbanizable residencial de mínima densidad la mayor parte del territorio de los conjuntos mineros, que quedan incluidos en lo que denomina como “suelos turísticos del Litoral Levante”, trasladando a la Sierra Minera el suelo urbanizable que se ha eliminado en la ribera Sur del Mar Menor.
La lógica del Plan parece la de hacer urbanizable en la Sierra Minera todo aquel territorio que no venga expresamente protegido por normas de rango superior. Es incomprensible que ésta sea la apuesta del Plan en un escenario como el actual, en el que la crisis económica ha puesto de manifiesto el gran error de confiar el modelo de desarrollo al boom inmobiliario y a la urbanización masiva del territorio. Y no parece que sea ésta la manera de buscar un modelo de desarrollo sostenible para esta zona del municipio, como pretende el propio texto.

Frente a este enfoque, el PGMO debe recoger en sus objetivos la preservación del paisaje minero y el patrimonio cultural y ambiental de la Sierra Minera, como eje vertebrador de este territorio, convirtiendo en una de las prioridades del municipio la protección, recuperación y puesta en valor del rico patrimonio cultural de la Sierra Minera, como instrumento para el desarrollo sostenible de la zona, y concibiendo este territorio como paisaje cultural, en base al Convenio Europeo del Paisaje, y a la propia Ley de Patrimonio de la Región. Desde este criterio general las alegaciones presentadas proponen:

1) El PGMO debe recoger la Sierra Minera como actuación estratégica y de interés regional, conforme a las Directrices y Plan de Ordenación del Litoral.

2) El territorio de la Sierra Minera definido como sitio histórico y paisaje cultural, debe contar con una protección específica en el planeamiento como suelo no urbanizable, y el Plan debe prever la redacción de un Plan Especial de Protección de la Sierra Minera. Los suelos afectados por riesgos de la minería tampoco deben incluirse en la previsión de suelo urbanizable.

3) No es comprensible que el Catálogo de Elementos Protegidos recoja solo una pequeña parte de los elementos que integran el patrimonio minero, y que bienes como la propia Mina Las Matildes ya restaurada, no estén incluidos. El catálogo debe recoger la totalidad de los bienes catalogados por la Comunidad Autónoma, tanto los incluídos en la declaración de BIC como sitio histórico, como los que queden fuera del territorio incluido en esa declaración.

4) Se debe ampliar la protección de los valores ambientales y de las áreas de interés ambiental del entorno de la Sierra Minera, clasificando como no urbanizable protegido por el Planeamiento aquellas áreas en las que se da una concentración importante de especies protegidas y de las áreas que contengan hábitat catalogados como de Interés Comunitario, así como las vías pecuarias.

5) El crecimiento de los núcleos urbanos de la diputación de El Beal, debe articularse en torno al espacio situado entre ellos, más que a un crecimiento desmesurado de urbanizaciones en los terrenos propios del paisaje minero, o en el suelo agrícola de la zona.

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